miércoles, 28 de mayo de 2008

Tributario II - Preguntas para clase de viernes 30 mayo

Estimados señores y señoritas:

Les alcanzo algunas de las preguntas que pueden plantearse acerca del tema de las ganancias de capital (y sobre la habitualidad) en el Impuesto a la Renta, a la luz de las normas de la ley y del reglamento:
1. ¿Un terreno vacio adquirido en el año 2005 y vendido en el 2008 por una persona que no tiene otros inmuebles, califica como casa habitacion y por ende no deberia pagar el impuesto?
2. Esa misma persona, en caso tuviera no uno, sino 2 terrenos vacios, adquiridos en el 2005 y vendidos uno en el 2008 y otro e el 2009, ¿tiene ganancias de capital por la primera venta, por la segunda o por ambas?
3. Una persona que vive en una casa de su propiedad en Piura, pero tiene ademas un departamento en Lima donde viven sus hijos que van a la universidad y los mantiene (ambos inmuebles comprados en 2004), ¿si vende el departamento tiene una ganancia de capital gravada? ¿y si vende la casa de Piura? ¿hay un uso como casa habitacion de ambos inmuebles o solo de uno?
4. La ley precisa que solo los inmuebles adquiridos a partir del 1 de enero de 2004 y que sean vendidos, daran lugar a ganancias de capital (ver disposiciones transitorias y finales). ¿Que pasa con un inmueble adquirido en 2003 (terreno) sobre el cual se construye un edificio entre el 2006 y el 2008, vendiendose despues los departamentos, debe pagar impuesto a la renta, aunque no sea como ganancia de capital?
5. Una persona adquirio un inmueble en el año 2003, pero el vendedor le habia vendido el mismo bien a otra persona y esa otra persona logro inscribir primero su derecho. Luego de un juicio de mejor derecho de propiedad, el poder judicial declara propietario a la primera persona en el 2007 y ordena que se anule la inscripcion del tercero y se inscriba el derecho del ganador (ya en el 2008). Si esta persona luego vende el bien, ¿tiene ganancia de capital o no?

Como siempre, esta informacion tambien estara disponible en la pagina web:
www.cuestionestributarias.blogspot.com
Cuidense, portense bien y nos vemos el viernes.

Daniel Montes

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