lunes, 26 de mayo de 2008

Logica Juridica - Clase del martes 27 de mayo

Por motivos de fuerza mayor, tengo que salir de viaje el dia martes 27 en la tarde, por lo que en coordinacion con la señora Juanita, se ha reprogramado la clase de ese dia, para el mismo dia martes 27 a las 12 del dia, en la misma aula 07.

De otro lado, les alcanzamos las cuestiones a tener en cuenta para el debate sobre la lectura programada para esa clase (Cap. 2 del Libro de Luis Manuel Sanchez Fernandez):
1. El positivismo que impregna el paradigma descriptivista, en el sentido que lo mas importante del sistema juridico es la obligatoriedad de las normas escritas, ¿acaso se puede decir que existe solo desde que los autores citados han postulado esas reglas? ¿acaso no existen reglas desde que existe sociedad y por ende este positivismo ha estado presente en el nacimiento mismo del Derecho? Si es asi, ¿no vendria a ser algo extraño a la idea del Derecho (tal como fue creado por las sociedades humanas) la inclusion de factores de decision ajenos a las normas?
2. ¿Por que tendria que ser necesariamente inadecuada la exclusion de las consideraciones morales del ambito del Derecho? ¿O por que tendria que ser necesario incluir los valores en un sistema juridico? ¿Desde cuando es necesaria esa inclusion, si antes del siglo XIX no parecia serlo?
3. ¿Reconocer la validez de las decisiones sustentadas en argumentos extranormativos no equivale a abrir la puerta a la arbitrariedad? ¿O al menos a un relativismo que llevado al extremo puede desembocar en una absoluta falta de previsibilidad de las decisiones judiciales? ¿No es preferible cierto grado de injusticia derivada de la aplicacion formal de las normas, antes que una inseguridad juridica derivada de la falta de certeza acerca de las posibles decisiones judiciales?
4. ¿Que diferencia de fondo hay entre justificar el proceso de toma de decisiones y la justificacion de la decision misma, tal como señala el autor? ¿Por que es importante esa diferencia?
5. Considerando lo afirmado por el autor, ¿como puede entenderse y operarse un sistema juridico que cambia constantemente a traves de las decisiones tomadas por los operadores del Derecho? ¿Es que lo unico permanente en este sistema es la argumentacion, pero no las reglas?

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