Primera Parte
Conceptos a utilizar en clase:
Fuentes del derecho, norma, jurisprudencia, principios, doctrina, costumbre.
Vigencia en el tiempo de las normas, retroactividad, ultraactividad, derogación, cómputo de plazos.
Cuestiones a debatir en clase:
1. ¿Cuáles son las fuentes del derecho tributario? ¿La Constitución es una fuente como depositaria de principios o como norma positiva? ¿Cómo afecta eso a su función dentro del derecho tributario?
2. ¿Las diferentes categorías de normas son fuente de derecho unas respecto de otras? ¿La jerarquía es el único criterio ordenador en ese caso?
3. ¿Qué tipo de jurisprudencia puede ser fuente en el derecho tributario? ¿Cómo discrimina el Tribunal Fiscal su jurisprudencia, para decidir si alguna amerita ser de observancia obligatoria? ¿La jurisprudencia judicial en la vía contencioso-administrativa es vinculante?
4. ¿Pueden invocarse otros principios tributarios aunque no estén expresamente señalados en la Constitución? ¿Cuál es el papel de la doctrina y la costumbre en el derecho tributario?
5. ¿Es admisible la retroactividad en materia tributaria en cuanto a las obligaciones sustanciales (pago de tributos)? ¿Y respecto de las obligaciones formales? ¿Pueden las normas ser ultraactivas? ¿Lo serán sólo para el aspecto procesal? ¿Cómo se reconoce cuáles normas han sido derogadas, si la derogación no es expresa?
6.¿Cómo se computan los plazos en materia tributaria? ¿Qué días son los hábiles?
Segunda Parte
Conceptos a utilizar en clase
Incumplimiento tributario, evasión (engaño), elusión, fraude de ley, simulación, informalidad, incumplimiento no culpable.
Interpretación jurídica en derecho tributario, métodos admitidos y no admitidos, interpretación económica.
Cuestiones a debatir en clase:
1. ¿Cuándo estamos ante un incumplimiento tributario, ya sea respecto de obligaciones sustanciales o formales? ¿Todo incumplimiento es evasión? ¿Basta el no pago para que haya evasión?
2. ¿La evasión requiere siempre del engaño o fraude? ¿Ese fraude es de los hechos o puede serlo de las normas? ¿Puede haber una evasión culposa, o se requiere siempre el dolo?
3. ¿La elusión es legal, pese a ser perjudicial para el Estado? ¿No hay ningún margen para el engaño en la elusión? ¿Cómo se diferencia la elusión del fraude de ley y de la elusión?
4. ¿El fraude de ley siempre supone la adecuación intencional de los negocios jurídicos a normas inusuales? ¿Qué tan subjetiva puede ser la calificación del fraude de ley? ¿Tenemos regulado el fraude de ley en el Perú?
5. ¿Cuáles son las consecuencias tributarias de la simulación? ¿El fisco se puede amparar en el negocio simulado siempre? ¿No puede el contribuyente hacer valer el negocio oculto? ¿Qué pasa con las simulaciones relacionadas con ilícitos civiles, administrativos y penales?
6. ¿Por qué la analogía no está permitida en derecho tributario? ¿No puede aplicarse ni siquiera a las obligaciones formales y los aspectos procesales?
¿Qué vulneración de derechos fundamentales podría tener la interpretación económica de los hechos imponibles por SUNAT, como instrumento de lucha contra la evasión?
lunes, 14 de abril de 2008
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